El Secretario primero y el segundo se encargan del mantenimiento de los datos de los cofrades, de la correspondencia, etc; de acuerdo al espíritu de nuestras reglas.
Al secretario de la Cofradia le corresponden las siguientes funiciones:
- Firmar con el Presidente las Actas de todas las reuniones que se celebren.
- Llevar al día un Libro de Actas en el que se registrarán las correspondientes a los Organismos de Gobierno de la Cofradía.
- Ser el encargado de la correspondencia.
- Llevar al día un Libro de Registro de los Cofrades.
- Redactar anualmente una memoria que someterá a la Asamblea General, previo conocimiento del Consejo Rector.
- Extender y formar las convocatorias, las circulares y demás documentos en que ponga su firma el Presidente, excepto en la cuestión contable.
Artículo 39.

