La Mayordomía se encarga de la gestión económica de la Hermandad. Tanto el Mayordomo primero como el segundo gestionan los ingresos y gastos conforme a las reglas.
- Velar y administrar los bienes de la Hermandad de acuerdo con la Junta de Gobierno, bajo la dirección del Hermano Mayor y lo establecido en el derecho común.
- Llevar con orden el estado de cuentas del ejercicio económico.
- Cuidar de que la propiedad de los bienes se asegure por los modos civilmente válidos.
- Observar las normas canónicas y civiles, y las impuestas por la legítima autoridad, cuidando que no sobrevenga daño alguno por la inobservancia de las leyes.
- Recabar de los miembros de la Hermandad las cuotas fijadas por la Asamblea General.
- Cuantas actuaciones sean necesarias administrativamente, bajo la dirección del Hermano Mayor.
- Elaborar una memoria anual que someterá a la consideración de la Asamblea General, previo conocimiento de la Junta de Gobierno.
- Someter a la Junta de Gobierno, y posteriormente a la Asamblea General, el presupuesto de gastos e ingresos ordinarios y extraordinarios, así como el balance y liquidación de cuentas del ejercicio anterior. Una vez aprobados por la Asamblea General, remitirá copia al Hermano Mayor para su presentación a la Vicaría General.
- Disponer, ordenar y archivar cuantos documentos económicos afecten a la Hermandad.
- Llevar al día los libros de contabilidad y tesorería.
Artículo 33º