La Mayordomía se encarga de la gestión económica de la Hermandad. Tanto el Mayordomo primero como el segundo gestionan los ingresos y gastos conforme a las reglas.

  1. Velar y administrar los bienes de la Hermandad de acuerdo con la Junta de Gobierno, bajo la dirección del Hermano Mayor y lo establecido en el derecho común.
  2. Llevar con orden el estado de cuentas del ejercicio económico.
  3. Cuidar de que la propiedad de los bienes se asegure por los modos civilmente válidos.
  4. Observar las normas canónicas y civiles, y las impuestas por la legítima autoridad, cuidando que no sobrevenga daño alguno por la inobservancia de las leyes.
  5. Recabar de los miembros de la Hermandad las cuotas fijadas por la Asamblea General.
  6. Cuantas actuaciones sean necesarias administrativamente, bajo la dirección del Hermano Mayor.
  7. Elaborar una memoria anual que someterá a la consideración de la Asamblea General, previo conocimiento de la Junta de Gobierno.
  8. Someter a la Junta de Gobierno, y posteriormente a la Asamblea General, el presupuesto de gastos e ingresos ordinarios y extraordinarios, así como el balance y liquidación de cuentas del ejercicio anterior. Una vez aprobados por la Asamblea General, remitirá copia al Hermano Mayor para su presentación a la Vicaría General.
  9. Disponer, ordenar y archivar cuantos documentos económicos afecten a la Hermandad.
  10. Llevar al día los libros de contabilidad y tesorería.

Artículo 33º